sábado, 4 de septiembre de 2010

ACTIVIDAD 16

Explicar en qué consiste el ámbito temporal de aplicación de la ley.
Se refiere a la duración de la vigencia de una disposición legal, esto es, al tiempo que se extiende entre el momento de su promulgación y publicación, y el de su derogación o abrogación

Señalar de entre las siguientes preposiciones aquellas que se refieren al ámbito temporal de aplicación de la ley:

a) La ley no se extingue por desuoso ni costumbre en contrario, sino a impulso del poder de otra ley de igual eficacia;  
*ámbito temporal de validez

b) La ley soló quedará abrogada o derogada por otra que así lo declare expresamente;
*ámbito temporal de validez

c) La ley no puede ser renunciada en modo alguno;
*ámbito personal

d) Ninguna ley puede aplicarse retroactivamente en perjuicio de persona alguna
*ámbito temporal de validez

e) Las disposiciones del Código Civil obligan a todos los habitantes de la República;
*ámbito espacial

f) La ley de observancia obliga desde el día que señale;
*ámbito  temporal

g) La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer;
*ámbito personal

h) Las Leyes Reglamentos, Circulares o cualesquiera otras disposiciones de observancia general, obligan y surten sus efectos tres días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación;
*ámbito temporal

i) El silencio, oscuridad o insuficiencia de la ley no autoriza a los jueces y tribunales para dejar de resolver una controversia;
*ámbito personal

j) La voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni alterarla ni modificarla;
*ámbito personal

k) Los habitantes del Distrito Federal tienen obligación de ejercer sus actividades o de usar y disponer de sus bienes de forma que no perjudique a la colectividad, bajo las sanciones establecidas en el Código Civil y las leyes relativas;
*ambito personal

l) Para la observancia de las leyes de carácter general en lugares distintos de aquel en que se publica el Diario Oficial de la Federación, se encontrará con un plazo adicional de un día más por cada 40 kilómetros o fracción que exceda de la mitad, y
*El lugar de publicación

m) Los derechos privados pueden renunciarse cuando no afecten el interés público o los derechos de terceros.
* El Orden público

1 comentario:

  1. Estimada Yareri,

    Me dio gusto entrar a tu blog; estoy al tanto de todas y cada una de tus tareas y actividades. Saludos. Rocío de Jesús

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